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ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES


ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES


Según el Artículo 51 de la Constitución Española de 1978, apartados 1 y 2, los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos; además, también les corresponde promover la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentando sus organizaciones, en los términos que la Ley establezca.

Actualmente han formulado compromiso de adhesión al Sistema Arbitral a través de esta Junta las siguientes Asociaciones de Consumidores y Usuarios: