El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde resida habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio, se inscribirán en el que residan durante más tiempo a lo largo del año. Cada vecino tiene derecho a conocer la información que consta en el padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.
Inscripción de un ciudadano en el Padrón Municipal:
A petición del interesado o representante legalmente acreditado.
Para identificar su domicilio y acreditar su ocupación:
-
En un domicilio de su propiedad: fotocopia de cualquiera de los siguientes documentos: contrato de compraventa, escritura de propiedad, contrato o recibo de suministro de agua, luz, gas…, recibo del impuesto de bienes inmuebles (I.B.I.)
-
En un domicilio de alquiler: fotocopia de contrato de alquiler firmado por el arrendador y el arrendatario.
-
En un domicilio de otra persona: autorización del propietario de la vivienda + fotocopia de su DNI + fotocopia de cualquiera de los siguientes documentos: contrato de compraventa, escritura de propiedad, contrato o recibo de suministro de agua, luz, gas…, recibo del impuesto de bienes inmuebles (I.B.I.) a nombre del propietario que autoriza.
-
Autorización y fotocopia del DNI del representante (en el caso de actuar en representación del interesado).
Art. 15 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local
Art. 56 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades
Locales (R.D. 1690/1986 de 11 de julio)